Piso 2º, 3º y 4º con una superficie total de 534 m2. Oficinas recicladas, de plantas libres de 78 m2, 100 m2 y 178 m2, con pisos de cerámicos, cableado por piso ducto, instalaciones para aire acondicionados Split f/c. Edificio de Oficinas con batería de baños compartidos por piso, dos ascensores automáticos, sistema de seguridad contra incendio (Hidrantes y Marafuegos) y seguridad las 24 hs. El inmueble cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115). Precio de Alquiler + IVA + Gastos - Consultar por posibilidades de agregar o achicar superficie. Servicios: Cloacas Otros Servicios: Piso ducto AVISO LEGAL: Todas las propiedades que figuran en esta publicación se encuentran a cargo de los profesionales matriculados, Cayetano Palau, matrícula C.U.C.I.C.B.A 2893 o de Nicolas Jorge Caballero, matrícula C.M.C.P.S.I. 6977, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por ellos. Palau Propiedades S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada matriculado independiente que contrata los servicios de Palau Propiedades puede publicar las propiedades a su cargo, Palau Propiedades S.R.L no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma de documentación legal y/o contratos. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028 y 20.266, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Las fotografías y videos no son contractuales, la presente publicación describe las características esenciales del inmueble, las medidas son meramente descriptivas y esquemáticas, pueden existir discordancias con las medidas exactas, expensas o impuestos que surgen de la realidad y/o de la escritura y/o de los planos del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de dicha información. LEY 5859 ART. 4 - Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato
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