Departamentos de 3 Ambientes con Balcón en MataderosGuardia Nacional, a metros de las Avenidas Emilio Castro y Juan B. Alberdi, con accesos rápidos y fluidos A ESTRENAR - Edificio en construcción, con fecha probable de entrega para fin de 2024Cochera y Baulera opcionales (no incluidas en el precio) • Portero eléctrico con Cámara• Amplio balcón aterrazado con Parrilla individual• Living comedor con Cocina integrada mediante barra para desayuno• Mesada de Mármol• Conexión para Lavarropas en cocina• 2 Dormitorios con Placar • Baño completo y Toilet de recepción, especialmente diseñados• Grifería y Sanitarios de Primera Calidad• Solados en Porcellanato• Carpinterías de Aluminio A-30 New DVH• Pintura interior definitiva• Calefacción por piso radiante• Caldera individual• Pre instalación para Aires Acondicionados• Expensas a definir Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible. Información importante: Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo. Martillero responsable: Hugo Roberto Torres, CUCICBA Matrícula Nº943 | Lucas Mariano Torres, CUCICBA Matrícula Nº8357. Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley. Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles. Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible" Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-
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También es clave desconfiar si las fotografías no parecen reales, si los precios son muy bajos, si piden dinero por «adelantado», si el dueño no se identifica con un teléfono fijo o si se niega a dar algún tipo de información.
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